- Created on Saturday, 26 July 2014 01:49
- By Stefano Gennarini, J.D.
NUEVA YORK, 25 de julio (C-FAM) El máximo tribunal europeo de derechos humanos echó por tierra la esperanza de que se impusiera judicialmente el matrimonio entre personas del mismo sexo cuando dijo a un transexual que pasó de hombre a mujer y a su esposa que la unión civil debiera ser lo suficientemente buena para ellos.
La legislación europea de derechos humanos no exige a los países «conceder el acceso al matrimonio a las parejas del mismo sexo», según un fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en un caso que pone a prueba los límites remotos de la posibilidad en los hechos y el derecho.
Las partes del juicio y defensores del matrimonio entre personas del mismo sexo reconocen que el resultado era predecible. No obstante, la sentencia tiene un efecto devastador para los derechos gay en Europa y trunca las esperanzas de que el «matrimonio» homosexual pueda hacerse realidad allí. Los hechos del caso son peculiares.
Heli Hämäläinen de Finlandia se sometió a una operación de cambio de sexo en 2009 para mostrarse automáticamente como mujer, pese a haber tenido un hijo con su esposa de más de diez años en 2002. Antes de la operación, intentó sin éxito cambiar su identidad legal, para pasar de hombre a mujer.
Inició una acción judicial ante el tribunal europeo cuando se le dijo que eso no sería posible en tanto y en cuanto siguiera casado, porque Finlandia no permite que personas del mismo sexo contraigan matrimonio. Hämäläinen y su esposa insistieron en que sus creencias religiosas les impiden solicitar el divorcio y que las uniones civiles no les otorgan los mismos beneficios que el matrimonio en el derecho finlandés.
El tribunal europeo fue inequívoco. No solo dijo que el derecho humano europeo no contempla el matrimonio entre personas del mismo sexo, sino que sostuvo que las uniones civiles son suficientemente buenas para las parejas homosexuales.
La corte confirmó que la protección de la institución tradicional del matrimonio es un interés de estado válido (con lo cual ratificó implícitamente la postura de que las relaciones entre personas del mismo sexo no son idénticas al matrimonio entre un hombre y una mujer, y que pueden ser tratadas de manera diferente en el derecho).
La sentencia sostiene que el derecho humano europeo reconoce el «derecho fundamental de un hombre y una mujer a casarse y fundar una familia» y «consagra el concepto tradicional del matrimonio como aquel entre un hombre y una mujer». Explica que no hay un consenso europeo en cuanto a la existencia del matrimonio homosexual, ya que solo 10 de 47 países obligados por el tratado permiten tales denominaciones.
El fallo constituye un revés particularmente fuerte para los derechos gay en Finlandia, donde una comisión parlamentaria rechazó el matrimonio homosexual antes de que pudiera ser sometido a votación el mes pasado, por segunda vez desde 2012. Finlandia es el único país escandinavo que no permite el matrimonio en entre personas del mismo sexo.
En todo el mundo se ha dicho a los activistas homosexuales que el matrimonio entre personas del mismo sexo no es un derecho humano.
La Corte Constitucional Italiana encaró hechos casi idénticos tan solo el mes pasado. Dicho tribunal también sostuvo en ese caso que las uniones civiles serían adecuadas para proteger los intereses de la pareja homosexual.
La Corte Suprema de los Estados Unidos se negó a decir que el matrimonio entre personas del mismo sexo es un derecho conforme a la Constitución estadounidense el año pasado. En un caso sobre una ley que prohibía al gobierno federal de los Estados Unidos reconocer los matrimonios entre homosexuales, la Corte dictaminó que cada estado debe decidir si permite a personas del mismo sexo contraer matrimonio entre ellas.
Traducido al castellano por Luciana María Palazzo
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