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domingo, 16 de octubre de 2016

Razones para ser socialmente responsable (1)


Por Antonio Argandoña, Catedrático de Economía, Universidad de Barcelona
En unas entradas anteriores, con el título de “¿Qué es la Responsabilidad Social de las Empresas?”, puse por escrito algunas dudas que me asaltan a la hora de explicar qué es la Responsabilidad Social (RS). Ahora voy a entrar en el tema desde un ángulo distinto: ¿por qué pueden decidir los directivos de una empresa comportarse de forma socialmente responsable? No se trata de un estudio empírico, sino de algo que, para alguien que trabaja en una escuela de dirección, me parece importante. He aquí algunas de las respuestas que se me han ocurrido (y, probablemente, se obrendrían varias respuestas a la vez, porque las motivaciones no tienen por qué ser únicas ni exclusivas: las empresas son socialmente responsables por varias razones, que no tienen que ser las mismas siempre ni, lógicamente, las mismas para todas las empresas.
  • La RS no existe. Variantes: 1) La RS es maximizar el beneficio (la tesis de Milton Friedman de 1970, y de otros muchos). Esta sería la “verdadera” RS; lo demás son inventos no justificados. 2) Nadie debe decir a la empresa lo que debe hacer, aparte de ser eficiente en sus negocios, porque la economía tiene sus propias reglas. Lógicamente, la empresa querrá ganar dinero, aunque no necesariamente el máximo posible. Me parece que este ha sido el punto de vista de muchos empresarios, y todavía sigue siéndolo, y enlaza con lo que diré en el siguiente párrafo.
  • Una forma de decir que la RS no existe es afirmar que la RS es una responsabilidad del Estado, no de las empresas, porque a aquel corresponde solucionar los problemas de la sociead. Por tanto, desde el punto de vista de las empresas, la RS vendrá determinada por la ley o las regulaciones y nada más que por ellas: es cumplir esas disposiciones. Pero si se considera que el Estado se está excediendo en sus atribuciones, las empresas, sea presionando al Estado para que sus leyes sean menos gravosas, sea buscando agujeros en las leyes para seguir haciendo lo que conviene a sus beneficios, sea asesorándose con sus abogados acerca de cómo saltarse la ley sin ser castigados o minimizando las penas. Variante: la RS la exige la sociedad, no a través del Estado, sino directamente: es la sociedad la que decide qué deben hacer las empresas, mediante sistemas de democracia directa, participación ciudadana, etc. Viene a coincidir con la RS gobernada por las leyes, pero ahora el medio se amplía a diversas formas de soft law, como convenios para que las empresas financien actividades sociales hechas por el Estado o por la sociedad civil, exigencia de códigos voluntarios que recojan esas expectativas sociales, inroducción de condiciones sociales en contratos privados, etc. De este tema me ocupé hace poco en tres entradas sobre “¿Qué es la Responsabilidad Social de las Empresas?”, publicadas en los primeros días de octubre de 2016.
No he acabado el tema, de modo que emplazo al lector a visitar este blog otro día.

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